
El matrimonio es habitualmente una mera transacción ‘ económica, en la cual se adquiere acceso sexual a mujeres y niñas a ‘través de un precio pagado por una esposa o de una comisión para una agencia.
Entender la dinámica del matrimonio es útil como un punto de partida para analizar la industria global de la prostitución ‘ porque ilustra que esta no es simplemente una forma ordinaria de trabajo sin marcas de género -como el trabajo doméstico o la recolección de tomates-, sino que tiene sus orígenes y su contraparte en formas tradicionales de intercambio de mujeres y niñas por mercancías o dinero en variantes de esclavismo (Rubin, 1975). No toda forma de matrimonio incluye dar dinero o mercancías a cambio de una mujer o niña, pero las que sí lo incluyen -como el matrimonio infantil, el matrimonio temporario o el tráfico de mujeres para casarse en la India y China o incluso el concubinato- son cada vez más en muchos países. La industria de la compra de esposas por correo se ha integrado a la venta de mujeres con propósitos sexuales en el seno de la industria global del sexo y la economía global. Cuando el matrimonio es resultado de una venta o de cualquier forma de intercambio comercial, puede ser difícil distinguir esta particular práctica de la prostitución. Llamo a esta práctica “matrimonio servil”. Cuando no hay intercambio financiero pero las mujeres están atrapadas por la pobreza y no tienen como opción el divorcio, el matrimonio aún contiene aspectos prostibularios, ya que las mujeres tienen que permitir acceso sexual a su cuerpo a cambio de lo necesario para subsistir.
La Convención de las Naciones Unidas de 1964 sobre el matrimonio se refiere de manera clara a los atentados contra los derechos humanos de mujeres y niñas involucradas en prácticas tradicionales como el matrimonio servil. La convención requiere “completo y libre consentimiento para el matrimonio”, especifica una edad mínima para casarse, aunque no dice cuál debe ser esa edad, y que los matrimonios deben registrarse (Naciones Unidas, 1964).
En el preámbulo, “reafirma” que todos los Estados “deben tomar todas las medidas necesarias con vistas a la abolición de tales costumbres, leyes antiguas y prácticas y asegurar la completa libertad en la elección de un cónyuge, la total eliminación de los matrimonios infantiles y el compromiso de niñas que no alcanzaron la pubertad, el establecimiento de castigos apropiados cuando sea necesario y el establecimiento de una ley civil u otro registro en el cual los matrimonios queden asentados”.
La confianza de la convención del matrimonio de que el matrimonio servil podría terminarse parece hoy algo fuera de lugar. Muchas de las prácticas se han vuelto fuentes de preocupación para las naciones occidentales, tal como son practicadas por ciertos miembros de las comunidades de indígenas o de inmigrantes. Incluso en el momento en que la Convención tuvo lugar, muchos la atacaron basándose en el relativismo cultural, y se la defendió de tales argumentos con el hecho de que muchas naciones no occidentales la apoyaban (Schwelb, 1963).
En las décadas más recientes, algunas académicas feministas han defendido prácticas como el matrimonio arreglado y el matrimonio temprano a partir de una perspectiva que sostiene el relativismo cultural, lo cual ha debilitado los abordajes a estos problemas desde la perspectiva de los derechos humanos (Moschetti, 2006).
Sorprendentemente, el matrimonio y la prostitución se consideran con frecuencia polos opuestos y distintos. El funcionamiento de esta diferencia es sobre todo claro en el fenómeno de los “matrimonios temporarios” -llamados mut’a o sigheh entre los musulmanes chiitas. El “matrimonio” incluso por un par de horas, que incluye sexo y un pago a la mujer, es considerado aceptable en términos religiosos, mientras que la prostitución está totalmente condenada (Haeri, 1992).
Para una mirada que no está familiarizada con tales distinciones religiosas, puede ser muy difícil advertir la diferencia. Por el contrario, las teóricas feministas han sostenido por más de dos décadas que la prostitución y el matrimonio no son sino dos aspectos del mismo problema (Jeffreys, 1985b; Pateman, 1988). El problema es que, bajo la dominación masculina, las mujeres son forzadas a entregar su cuerpo para que los hombres lo usen.
Lo hacen para sobrevivir o, en el caso de los asesinatos honoríficos de las muchachas que rechazan los matrimonios arreglados, incluso para escapar de la muerte. El intercambio de mujeres entre los hombres ha sido reconocido en el trabajo de Lévi-Strauss como la base misma de la organización de la sociedad y la cultura. Gayle Rubín critica el hecho de que Lévi-Strauss parece aceptar este intercambio como un estado natural de las cosas sin reconocer la opresión femenina que involucra (Rubin, 1975).
Ella dice que la utilidad de este concepto reside en que “sugiere que busquemos el lugar para digmático de la opresión femenina en el tráfico de mujeres y no en el de mercancías” (ibíd.: 175). El comercio de mujeres se daba específicamente entre los hombres, ya que ellos eran los que ofrecían regalos y las mujeres eran el regalo mismo. El sistema funcionaba para beneficio masculino porque “las relaciones de tal sistema eran tales que las mujeres ya no estaban en posición de percibir los beneficios de su propia circulación […] son los hombres quienes se benefician del producto de ese comercio, es decir, de esa organización social” (ibíd.: 174).